Cuando el poder político español subvertió la civilización, la cultura y el diccionario de la lengua con la regulación del matrimonio de invertidos u homoeróticos no aceptó alguna sugerencia de que para regular legalmente esas uniones se utilizara una palabra o expresión de nuevo cuño para diferenciarlas del matrimonio entre hombre y mujer.
Ahora con las modificaciones que se prevén sobre el Registro Civil y las inscripciones que este ha de recoger se vuelve a la carga subversiva y como es imposible darles las categorías de padre y madre a las parejas homoparentales que pretenden adoptar hijos; para no evidenciar el carnaval y el esperpento de resolver quien es padre y quien es madre, se humilla a las parejas o matrimonios normales y se les extirpa y apea el tratamiento inveterado en el planeta y en la Humanidad de PADRE/MADRE, degradándoles a la mera condición sexual sin distinción de género de PROGENITOR -A y PROGENITOR-B.
La condescendencia que se pretende con los invertidos solo les arropa en lo de la no diferenciación sexual que se presenta como irrelevante , pero le aleja más de su verdadera condición para el ascendiente no biológico si es que el otro lo es, pues lo que denota el término progenitor es el haber generado a la criatura, es decir la reproducción; y en las parejas de invertidos como mucho uno es ascendiente biológico, cuando en cambio los términos padre7madre sirven también para los padres adoptivos, a los que ahora se les pone un sustantivo, el de progenitores ,que no les corresponde por que no lo son.
Por ello hubiese sido menos trasgresor hablar para las parejas homoparentales de dos padres , o dos madres, violentandose así un poquito menos la civilización de lo que se ha violentado con la marginación de los vocablos tradicionales padre/madre extirpados del registro Civil.
Claro que estos carnavales revolucionarios provocan siempre consecuencias no meditadas, no previstas y seguramente tampoco deseadas. Y es que en este caso además del efecto sobre los padres adoptivos en que se incurre en la contradicción in terminis de progenitores adoptivos, se produce una extraña situación para los abuelos, que se quedan descolgados , ya que si eran los padres de los padres ahora no podrán ser los padres de los progenitores y tendrán que ser en buena lógica y a mismo sensu, los progenitores de los progenitores, ordenándose cardinal u ordinalmente hasta el 4, al ya no tener sentido hablar de maternos y paternos.
El tema no acaba ahí pues luego vendrá el debate de la obsesión igualitaria, sobre quien debe ser el PROGENITOR A o el PROGENITOR B, ya que no se aceptará en modo alguno que per se el A sea el hombre y el B la mujer, ello además provoca que los antes abuelos, luego progenitores de progenitores se ordenarán según sus descendientes se ordenen, luego la Genealogía habrá acabado .
El tema no acaba ahí pues luego vendrá el debate de la obsesión igualitaria, sobre quien debe ser el PROGENITOR A o el PROGENITOR B, ya que no se aceptará en modo alguno que per se el A sea el hombre y el B la mujer, ello además provoca que los antes abuelos, luego progenitores de progenitores se ordenarán según sus descendientes se ordenen, luego la Genealogía habrá acabado .
¿Qué pensaría esta familia sobre todo esto?
Pues seguramente pensarían lo mismo que estas otras familias republicanas
Muy bueno, te recomiendo lo mandes a una revista o diario.
ResponderEliminarTe olvidaste de la primera deformidad, el "apellido" Biológico añadido al padre de toda la vida, por respetar a posibles padres adoptivos.